Reclamación de cantidad por daños efectos personales durante estancia hotel
Para reclamar a hoteles y similares.
Según el art. 437.2 LECiv/2000, «en los juicios verbales en que se reclame una cantidad que no exceda de 900,00 Euros, el demandante podrá formular su demanda cumplimentando unos impresos normalizados que, a tal efecto, se hallarán a su disposición en el tribunal correspondiente». El que aquí se relaciona es el de la Instrucción 1/2002 de 5 de noviembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por la que se aprueban los impresos normalizados para su presentación directa por los ciudadanos en los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Según el art. 437.2 LECiv/2000, «en los juicios verbales en que se reclame una cantidad que no exceda de 900,00 Euros, el demandante podrá formular su demanda cumplimentando unos impresos normalizados que, a tal efecto, se hallarán a su disposición en el tribunal correspondiente». El que aquí se relaciona es el de la Instrucción 1/2002 de 5 de noviembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por la que se aprueban los impresos normalizados para su presentación directa por los ciudadanos en los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.